HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS Consejos médicos Como Comprar Un Seguro Medico Imss?

Como Comprar Un Seguro Medico Imss?

Como Comprar Un Seguro Medico Imss
Requisitos para afiliarse Acudir a la subdelegación que corresponda al domicilio del asegurado, en horario de lunes a viernes de 08:00 a 15:30 horas. Proporcionar datos generales y llenar un cuestionario médico. Cubrir el pago de la cuota anual.

¿Cuánto cuesta comprar un seguro en el IMSS?

A continuación el rango de costos: 0-19 años | $ 6,200.00 (costo anual) 20-29 años | $ 7,650.00 (costo anual) 30-39 años | $ 8,250.00 (costo anual)

¿Cómo darse de alta en el IMSS sin trabajar?

Si no estás afiliado, puedes darte de alta voluntariamente en el IMSS, utilizando tu CURP, Código Postal y un correo electrónico. Tendrás estos beneficios: Podrás acceder a los servicios médicos que ofrece el Instituto. Tendrás derecho a las pensiones de Invalidez, Viudez, Vejez, Orfandad o Ascendencia.

¿Cuánto cobra el IMSS por mes?

Seguro de Salud para la Familia

Grupo de Edad Cuotas
0-19 $ 6,850
20-29 $ 8,500
30-39 $ 9,150
40-49 $ 10,600

¿Cómo saber si tengo derecho al IMSS?

Para saber si estás dado de alta en el IMSS o si tus beneficiarios(as) registrados(as) aún están vigentes, solicita una Constancia de Vigencia de Derechos. Ten a la mano tu CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.

¿Cuáles son los requisitos para darse de alta en el IMSS?

Para darte de alta en una Clínica del IMSS, ten a la mano tu CURP, el Código Postal de tu domicilio y un correo electrónico personal. Tendrás estos beneficios: Puedes elegir la Clínica más cercana a tu domicilio. Selecciona el horario de atención de tu preferencia (matutino o vespertino)

¿Que seguro puedo tener si no trabajo?

Si actualmente te encuentras sin empleo o simplemente eres un trabajador independiente, debes saber que es posible contar con un seguro de salud del IMSS para ti y tu familia.

¿Dónde puedo ir si no tengo seguro?

002. Atención a personas sin seguridad social se garantiza en los centros públicos de salud: Insabi Incluye análisis, estudios, diagnósticos clínicos y medicamentos gratuitos; también intervenciones quirúrgicas y hospitalización si se requiere.

  • El Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) informa que todas las personas que se encuentran en el país y no disponen de seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita los servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención.
  • Lo anterior, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Salud, cuyas modificaciones se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de noviembre de 2019 y entraron en vigor el primero de enero de 2020.
  • El sistema de salud pública en México está compuesto por dos rubros de atención: la que se brinda a personas sin seguridad social y la que se ofrece a derechohabientes.
  • En el caso de las personas que no cuentan con seguridad social, recibirán atención gratuita a través del Insabi en Centros de Salud, Centros de Salud con Servicios Ampliados (CESSA), Unidades Médicas de IMSS Bienestar, Unidades de Especialidades Médicas (UNEMES) y en los hospitales rurales, comunitarios y generales.
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Para tener acceso a los servicios del Insabi las personas deben acudir a su centro de salud más cercano y presentar CURP, credencial del INE o acta de nacimiento. Ahí se realizará un registro para la continuidad de su expediente clínico.

  1. Los servicios del Insabi inician con el personal médico del primer nivel de atención quien hará la valoración para derivar al paciente a un segundo nivel si lo requiere.
  2. Para obtener los servicios del Insabi las personas ya no necesitan afiliarse ni tienen que pagar cuota de ningún tipo y recibirán todos los medicamentos gratuitos, así como análisis, estudios y diagnósticos clínicos, intervenciones quirúrgicas y hospitalización sin costo alguno si el padecimiento lo amerita.
  3. En el caso de que exista algún cobro indebido o la negación de medicamentos, los usuarios de los servicios públicos de salud podrán presentar sus quejas en las contralorías estatales, en los órganos de fiscalización de las entidades o en los órganos de control interno de las Secretarías de Salud de cada estado.
  4. Durante el proceso de transformación del sector salud en ningún momento se interrumpe la atención a las y los usuarios, quienes continuarán con normalidad sus citas o tratamientos.

No se suspenderán partos u operaciones programadas, ni el suministro habitual de medicamentos gratuitos para quienes lo requieran. Así también, pacientes con VIH o cáncer recibirán su tratamiento como hasta ahora. En cuanto a personas con seguridad social, seguirán recibiendo atención en los establecimientos de salud del IMSS, Issste, Pemex, Sedena y Semar.

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: 002. Atención a personas sin seguridad social se garantiza en los centros públicos de salud: Insabi

¿Cuál es el monto de la cuota para seguro voluntario?

Riesgo de Enfermedad y Maternidad – Caja de Seguro Social

  • Este programa es la cara más visible de la Institución y el de mayor cobertura poblacional.
  • Dentro del mismo se deben distinguir dos sub programas con poblaciones cubiertas, ingresos y beneficios diferentes, el de Atención Médica y el de Prestaciones Económicas.
  • ATENCIÓN MÉDICA
  • Población Cubierta
  • Los trabajadores del sector público y privado.
  • Los trabajadores domésticos.
  • Los pensionados por vejez, invalidez, muerte y riesgo profesional de la Caja de Seguro Social.
  • Los jubilados a cargo del Estado.
  • Los asegurados voluntarios. Grupo compuesto de personas que voluntariamente han solicitado su ingreso al seguro social por ser trabajadores independientes o que trabajan en organismos internacionales o misiones diplomáticas o consulares acreditadas en el país o personas que han dejado de trabajar.

Además, por mandato del Decreto Ley 9 de 1962, ampliado por la ley 15 de 1975, son asegurados dentro de este programa:

  • La esposa o compañera de cada uno de los trabajadores antes mencionados y de los pensionados, jubilados y asegurados voluntarios. Al respecto, debe aclararse que por compañera solamente se protege en este seguro a la mujer que viva con el trabajador o pensionado sin que haya impedimento legal para que contraigan matrimonio.
  • Los hijos de los trabajadores, pensionados o de los jubilados y de los asegurados voluntarios; menores de 18 años o de 25 años, si son aún estudiantes y los hijos inválidos mientras dure la invalidez.
  • El padre incapacitado para trabajar o mayor de sesenta años y/o la madre del trabajador o trabajadora o del pensionado o pensionada o del jubilado o jubilada o asegurado voluntario que vivan a cargo de estos.

Los Ingresos y su Manejo Para afrontar los gastos que este seguro demanda la ley establece que se destinarán:

  • De la cuota que paga el empleador o patrono, público o privado, una suma mensual igual a 8% del salario de sus trabajadores. Al respecto es necesario destacar que en 1975, cuando la Ley 15 incorporó a la cobertura completa de este seguro al grupo de familiares dependientes del trabajador, esta cuota fue aumentada de 5% a 8% de los salarios de los trabajadores; entendiendo que el 3% adicional debería servir a compensar el costo de los servicios a prestar a los dependientes.
  • El total de la cuota mensual pagada por los pensionados de la Caja de Seguro Social y los jubilados a cargo del Estado, la cual es igual a 6.75% de la suma que reciben en concepto de pensión o jubilación.
  • De la cuota que paga el asegurado, voluntario una suma igual al 8% de su salario base fijado por la Caja de Seguro Social para efectuar su cotización.

Las Prestaciones o Beneficios. La población cubierta por este seguro tiene derecho a recibir:

  • Atención hospitalaria.
  • Medicamentos.
  • Atención odontológica.
  • Servicios de radiología y laboratorio.

Estos servicios pueden ser brindados en las instalaciones propias de la Caja de Seguro Social o en las instalaciones que la misma contrate. No obstante, la misma ley prevé que la Institución podrá reglamentar la amplitud de los servicios que conceda, a través de un reglamento de Prestaciones Médicas.

  • Los trabajadores del sector público o privado.
  • Los trabajadores domésticos.
  • Los asegurados voluntarios

Los Ingresos y su Manejo Para afrontar los gastos que este seguro demanda la ley establece que se destinarán:

  • De la cuota que paga el trabajador, público o privado, una suma mensual igual a 0.5% de su salario.
  • De la cuota que paga el asegurado voluntario, una suma igual al 0.5% de su salario base fijado por la Caja de Seguro Social para efectuar su cotización.
  1. Los excedentes que se produzcan anualmente entre los ingresos y gastos del programa se acreditan igualmente a la reserva para contingencias.
  2. De este manejo de los ingresos y constitución de las reservas es que surge la solidaridad entre los que participan en el programa.
  3. En este caso, las cuotas no pertenecen a ninguno de los participantes en particular si no que el total del ingreso en el año debe servir para cubrir los gastos que demanden los asegurados que reciban el servicio, independientemente de cuanto cotiza cada beneficiado por el seguro o cuanto cueste su atención.
  4. Reservas

La ley establece para este programa que, si después de cubrir los gastos, existen excedentes de los ingresos en el año, estos deben constituir una reserva para cubrir las fluctuaciones que ocurran en los gastos futuros. Reserva cuyo monto al final de cada año no debe ser más de un cuarto (1/4) de los egresos del programa en ese año.

  • Enfermedad: Subsidio diario igual al 70% del salario diario promedio en los últimos dos meses antes del inicio de la incapacidad.
  • Maternidad: A la trabajadora o asegurada voluntaria, subsidio semanal igual al 100% del salario promedio semanal en los últimos 9 meses de cuotas y se paga por 14 semanas.
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Riesgo de Enfermedad y Maternidad – Caja de Seguro Social

¿Cuánto cuesta asegurar a una persona?

De 0 a 19 años: 6 mil 200 pesos. De 20 a 29 años: 7 mil 650 pesos. De 30 a 39 años: 8 mil 250 pesos. De 40 a 49 años: 9 mil 550 pesos.

¿Cuánto se paga de seguro Social al año?

2. Seguro de enfermedades y maternidad – El seguro de enfermedades y maternidad cubre la atención médica, hospitalaria, así como las prestaciones en especie. La cuota fija es del 20% de la UMA mensual y corresponde su pago al patrón. Para realizar los cálculos de prestaciones en dinero, se toma como referencia el salario base de cotización del colaborador, SBC, correspondiendo al trabajador el 0.250% del SBC y al patrón el 0.700% del SBC.