HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS Atención médica Donde Puedo Conseguir Un Justificante Medico?

Donde Puedo Conseguir Un Justificante Medico?

Donde Puedo Conseguir Un Justificante Medico
Lo debe expedir un médico titulado, en un centro de salud o en un servicio de urgencias de un hospital. Su emisión es obligada ya que, por ley, el trabajador tiene derecho a obtener los cerficados médicos que acrediten su estado de salud.

¿Cuántos días puedo faltar con un justificante médico?

La importancia del convenio colectivo – Algunos convenios recogen el derecho del trabajador a tener un número de días retribuidos, en los cuales pueden ausentarse del trabajo de manera justificada cobrando su salario, por lo que podrían incluirlos dentro de los días de reposo médico y en consecuencia, recibir un salario por esos días, y a lo mejor no hubiesen recibido nada si el día fuera de baja laboral.

Por ejemplo, el Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos recoge en su artículo 6 un permiso retribuido por el que el trabajador tiene 3 días de permiso, para el cual sólo era necesario un justificante médico de reposo domiciliario. Sin embargo, tras los últimos cambios legislativos en los que ese ha considerado que lo único válido es un parte de baja médico, la empresa notificó a los trabajadores que sólo sería válido los partes de baja.

Tras la correspondiente demanda de los sindicatos, la Audiencia Nacional ( en esta sentencia que podéis encontrar en este link ) ha determinado que los justificantes médico de reposo son totalmente válidos para disfrutar del permiso retribuido máximo de 3 días.

¿Qué pasa si falto al trabajo y no llevo justificante médico?

Independientemente del motivo por el que un trabajador decida faltar a su puesto de trabajo, la empresa tiene que recibir un justificante que acredite por qué no ha ido a trabajar. De lo contrario podrá poner en práctica 3 consecuencias legales: reducción salarial, sanciones disciplinarias o despido.

¿Cómo dar una excusa para no ir a trabajar?

“El coche no arranca”, “estoy enfermo”, “tuve una emergencia familiar”, estas son sólo algunas de las excusas más frecuentes para no ir a trabajar. Las justificaciones pueden ir desde enfermedades de familiares hasta haberse quedado encerrado en casa; la creatividad no tiene límites.

Zety, plataforma de consultoría del mundo del trabajo, realizó un análisis sobre las mentiras más habituales para no presentarse a la jornada laboral, ya sea de manera presencial virtual, durante el 2021. Las situaciones vinculadas al estado de salud son las más frecuentes, ésta es quizá la razón por la cual sólo 1 de cada 10 trabajadores ha sido descubierto por su jefe.

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Estas excusas tienen éxito porque los temas de salud suelen percibirse como asuntos delicados y, por ello, casi ningún jefe duda cuando el colaborador asegura tener un problema de esta naturaleza. “Ya sea sobre nuestra salud, la de nuestros hijos, parejas, mascotas los problemas de salud son una de las invenciones más comunes (y exitosas) a la hora de evitar nuestras responsabilidades”, puntualiza Tobías Brandan, consultor de Zety.

  1. Estoy enfermo
  2. Tuve una emergencia familiar
  3. Tengo problemas personales
  4. Tengo una cita con el doctor o el dentista
  5. Mi coche se averió
  6. Tengo una enfermedad contagiosa
  7. Mis hijos están enfermos

Según el análisis, el 84% de los trabajadores ha mentido sobre una situación vinculada a la salud de ellos o de un familiar para no asistir a la oficina. La pandemia de covid-19 ha dado más razones para que estas justificaciones no se pongan en duda. “Con varios países que se han visto en graves problemas debido a contagios masivos, sumado a la salud pública y el trabajo remoto como parte del debate nacional, bastaría con toser un par de veces para que te dejen trabajar dos semanas desde casa”, señala Tobías Brandan.

Aunque son siete las mentiras más recurrentes, Zety identificó hasta 27 excusas habituales vinculadas a trámites gubernamentales, extravío de las llaves del hogar, fallecimiento de un familiar o problemas con las mascotas, a pesar de no tener una. Paradójicamente, el 91% de los trabajadores asegura que se ha presentado a trabajar estando enfermo.

“En pocas palabras: Evito el trabajo cuando estoy bien; voy a trabajar cuando estoy enfermo”, afirma el especialista. El estudio también evidencia que a menor edad hay mayor probabilidad de mentir para evitar un día de trabajo. Por ejemplo, el 56% de los colaboradores menores a los 25 años ha demostrado mayor creatividad en las excusas para no trabajar; por el contrario, sólo el 27% de la fuerza laboral mayor a 58 años ha recurrido a esta práctica.

¿Qué hacer si estoy enfermo y no puedo ir a trabajar?

En el momento en que la enfermedad sigue su curso y se falta al trabajo por cuarto día consecutivo, es necesario acudir al médico de cabecera para que pueda emitir un parte de baja por incapacidad temporal (IT).

¿Qué pasa si falto 2 días al trabajo sin justificar?

Aunque muchas veces no tenemos ganas de asistir a un trabajo, entendemos que es nuestra responsabilidad llegar de manera puntual y cumplir con las labores establecidas, pues así hemos convenido en un contrato de trabajo, Lo lógico es evitar faltar o llegar tarde, sin embargo, hay ocasiones en las que puede presentarse algo imprevisto y faltamos un día.

  1. ¿Esto puede ocasionar nuestro despido? Generalmente faltar un día al trabajo es algo que se entiende, en especial si después se explica la razón: algún accidente de tráfico, una enfermedad, u otro tipo de imprevisto.
  2. En términos muy amplios, es raro que una única falta llegue a generar algún problema grave en el trabajo, y podría decirse que incluso se pasa por alto.
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También te puede interesar : Cuáles son las causas justificadas para faltar al trabajo en México Sin embargo, cuando las faltas son reiteradas, entonces, como trabajadores, sí corremos el riesgo de ser amonestados o incluso despedidos, pero esto depende en gran medida del número de faltas que reunamos.

  1. Suele creerse, de manera errónea, que a la tercera falta es posible despedir de manera justificada a un trabajador, o sea, sin derecho a indemnización.
  2. Comúnmente se cree que si se juntan tres faltas injustificadas en un mes o periodo de 30 días, ya se puede proceder al despido, pero esto es falso.
  3. La Ley Federal del Trabajo, en la fracción X del artículo 47 establece que un trabajador puede ser despedido por faltas sólo en el caso de haber acumulado más de tres inasistencias sin justificar en un periodo de treinta días.

Por tanto, si el trabajador faltó sin avisar o sin pedir permiso 3 veces durante un periodo de 30 días, no puede ser despedido, sino hasta la cuarta falta. Tres faltas entran dentro del marco legal permitido, por lo cual la Ley Federal del Trabajo no permitiría un despido justificado, y en el caso de que el patrón decidiera terminar la relación laboral, tendría que indemnizarlo.

  1. Debemos tener claro que la Ley Federal del Trabajo no considera en este artículo el tiempo medido en meses, sino en número de días.
  2. También te puede interesar : Qué pasa si trabajo en un día festivo: esto dice la Ley Federal del Trabajo Además, si se quiere proceder a un despido por faltas sin justificar, hay que considerar también qué se entiende por faltas no justificadas, las cuales serían aquellas que se dan sin el permiso o conocimiento del patrón.

Razones para justificar faltas pueden ser médicas, o extraordinarias, y los periodos podrían ser más extensos, pero siempre y cuando en el registro aparezcan como justificadas, estas inasistencias no tendrían que generar problema alguno para el trabajador.

¿Qué hacer si estoy enfermo y no puedo ir a trabajar?

En el momento en que la enfermedad sigue su curso y se falta al trabajo por cuarto día consecutivo, es necesario acudir al médico de cabecera para que pueda emitir un parte de baja por incapacidad temporal (IT).

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¿Qué pasa si entregas un justificante médico falso?

15 de septiembre, 2020 Donde Puedo Conseguir Un Justificante Medico Aunque la inmensa mayoría de médicos actúa correctamente y realiza de forma correcta los “Certificados Médicos”, ante la situación actual que vivimos, en la que pueden proliferar la solicitud de certificados médicos, resulta relevante advertir de las consecuencias que puede conllevar emitir un “Certificado médico” que no se ajusta a la verdad, tanto para el médico como para el propio paciente que hace uso del mismo conociendo su falsedad.

  1. Según el art.3 de la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, el “Certificado médico” es “La declaración escrita de un médico que da fe del estado de salud de una persona en un determinado momento”.
  2. Se trata, por tanto, del documento expedido por el médico/a a petición de la parte interesada (paciente, persona a la que el paciente autoriza expresamente por escrito o representante legal acreditado), que sirve para dar fe de un estado de salud actual y contemporánea, lo que se refleja en la fecha de petición y expedición del documento.

Es importante diferenciarlo del “Informe médico”, que se trata del documento en el que se dan a conocer aspectos médicos relacionados con los trastornos que sufre el paciente, los métodos diagnósticos y terapéuticos aplicados, y en el caso que sea oportuno, las limitaciones funcionales que se puedan derivar.

La emisión de un “Certificado médico falso” por el médico/a supone la comisión de un delito del art.397 del Código Penal con una multa de tres a doce meses. Del mismo modo, el paciente que haga uso del mismo, siendo consciente de su falsedad, estará también cometiendo un delito del art.399.2 del Código Penal, con multa de tres a seis meses; pudiendo llegar en ambos casos la multa a 400 euros por día.

A esta sanción penal, en el caso de los médicos y médicas, hay que añadir que la emisión de informes o certificados con falta a la verdad o de complacencia, podría suponer una infracción grave del art.83.2.j) y/o art.83.2.o) de los Estatutos, Al respecto, se debe tener en cuenta que el art.20.3 del Código de Deontología Médica prohíbe los certificados médicos de complacencia.

Finalmente, debemos recordar que, según el art.259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal “el que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez ()”. Como ya hemos dicho, afortunadamente la gran mayoría de los médicos actúa correctamente, y el hecho que alguno actuase incorrectamente en ningún caso puede poner en duda el trabajo y certificados realizados con honestidad, ética y conforme a la deontología que llevan a cabo la inmensa mayoría de médicos.

Jon Pellejero, asesor jurídico COMGI